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| Fecha: 21-07-2010 |
Clausuras e inhabilitaciones de establecimientos |
Publicadas en el mes de julio, hasta el 21/07/2010 |
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Disposición Nº 3577/10
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Prohíbese preventivamente la comercialización de especialidades medicinales en todo el Territorio Nacional a la droguería MEDIC BRAND S.A., sita en la calle sita en la calle Av. Brandsen Nº 549, Ramos Mejía, provincia de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la correspondiente habilitación sanitaria jurisdiccional y su posterior habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09
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Disposición Nº 3576/10
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Prohíbese a la Droguería DROBIFARM de Drobifarm SRL, con domicilio en la calle Combatientes de Malvinas 3177 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la Capital Federal, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09 (y Decreto 1299/97)
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Disposición Nº 3574/10
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Prohíbese preventivamente la comercialización, fuera del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, a la Droguería denominada “DIBAX” de Dibax Pharma S.R.L., por las razones expuestas en el Considerando de la presente Disposición hasta tanto se inscriba ante esta Administración Nacional a los fines de poder efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales de acuerdo a lo enunciado en la Disposición ANMAT Nº 5054/09
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Disposición Nº 3573/10
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Prohíbese preventivamente la comercialización, fuera del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Droguería denominada “DROGUERIA NEO FARMA S.A.”, por las razones expuestas en el Considerando de la presente Disposición hasta tanto se inscriba ante esta Administración Nacional a los fines de poder efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09
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Disposición Nº 3572/10
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Prohibir la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires a la droguería MARK S.R.L., sita en la calle José Pío Mujica 2820, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional de especialidades medicinales en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09
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Disposición Nº 3468/10
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Prohíbese a la Droguería ER-CO SRL, domiciliada en Mariano Fragueiro 1370, Barrio Alta Córdoba, provincia de Córdoba, la comercialización de especialidades medicinales fuera del ámbito de la provincia de Córdoba, hasta tanto obtenga la habilitación para efectuar tránsito interjurisdiccional en los términos de la Disposición ANMAT Nº 5054/09
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Disposición Nº 3517/10
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Dase de baja la inscripción provisoria otorgada en los términos de la Disposición 607/93 a la firma LERMED S.R.L. Prohíbese la comercialización y uso en todo el territorio nacional de los productos médicos enumerados en el Anexo I de la presente Disposición
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